INFORMACIÓN RELEVANTE · REFORMA TRIBUTARIA

Ley 21.850: lo que cambia para su empresa

La reforma tributaria publicada en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026 baja el impuesto de las empresas, abre beneficios para regularizar deudas y utilidades antiguas, y trae plazos cortos. Este es nuestro resumen ejecutivo.

IMPUESTOS DE LA EMPRESA

Menos impuesto de primera categoría

  • La tasa baja en forma gradual: 25,5 % en 2027, 24 % en 2028 y 23 % desde 2029.
  • La tasa permanente queda en 23 % para todas las empresas; en el Régimen Pro Pyme era 25 %.
  • Los PPM del Régimen Pro Pyme bajan de 0,25 % a 0,23 % de los ingresos: más caja cada mes.
  • Se elimina la restitución desde 2027: los dueños podrán usar como crédito todo el impuesto que pagó la empresa.
UTILIDADES ACUMULADAS

Impuesto único opcional de 10 %

  • Permite regularizar saldos de FUR, STUT y retiros en exceso.
  • Reemplaza los impuestos finales, pero se pierde el derecho a usar los créditos asociados.
  • Suele ser relevante en medianas empresas con historia, que arrastran saldos del antiguo FUT.
  • Plazo: hasta el 17 de junio de 2027.
REGULARIZACIÓN DE DEUDAS

Condonaciones para ponerse al día

  • Tesorería: para impuestos vencidos hasta 2025, condonación de hasta 100 % de intereses y 80 % de multas si se paga al contado.
  • En convenio: hasta 95 % y 75 %, con pie de 10 % y hasta 48 cuotas. Plazo: hasta el 15 de abril de 2027.
  • Municipalidades: condonación total de intereses y multas de patentes y derechos de aseo de los tres años anteriores a 2026, solicitándola dentro de 12 meses desde el 1 de diciembre de 2026.
TRABAJADORES

Nuevos créditos por remuneraciones

  • Enfermedades catastróficas: crédito de hasta 150 UTM por trabajador por tratamientos que la empresa pague al trabajador o a su familia directa. Incluye a las empresas Pro Pyme y rige desde 2027.
  • Servicios del conocimiento: crédito de 15 % sobre las remuneraciones ligadas a exportar servicios. Sube a 20 % fuera de la Región Metropolitana o en sus comunas rurales, con tope de 75 UTM por trabajador.
DUEÑOS Y PERSONAS

Patrimonio, vivienda y familia

  • Las personas de 65 años o más quedan exentas de contribuciones por su vivienda principal desde 2027, con declaración jurada anual.
  • La ganancia por vender acciones con presencia bursátil deja de pagar impuesto.
  • Impuesto único de 5 % para arriendos DFL 2 desde la tercera vivienda.
  • Rebaja de 50 % en el impuesto a las donaciones durante un año, para los donatarios que indica la ley.
  • Declaración voluntaria de bienes en el extranjero, con tasa de 10 %, o 7 % si se traen e invierten en Chile.
LO QUE JUEGA EN CONTRA

Dos cambios a considerar

  • La franquicia SENCE baja de 1 % a 0,7 % de la planilla: menos financiamiento para capacitación.
  • Las patentes y derechos de aseo impagos pasarán a cobrarse por Tesorería y podrán descontarse de la devolución de impuestos de la empresa.

Fechas clave

Fecha Qué ocurre
1 de diciembre de 2026Comienzan los 12 meses para pedir la condonación municipal y el año de rebaja en donaciones.
1 de enero de 2027Tasa de 25,5 %, fin de la restitución, exención de contribuciones para mayores de 65 y crédito por enfermedades catastróficas.
15 de abril de 2027Vence la condonación de deudas con Tesorería.
17 de junio de 2027Vence el impuesto único opcional de 10 % para utilidades acumuladas.
2028 y 2029La tasa baja a 24 % y luego a 23 %.

¿Cómo afecta la reforma a su empresa?

Varios beneficios son opcionales y la decisión correcta depende de los números de cada empresa. Revisemos su caso con tiempo.

Agendar una reunión

Material informativo, no constituye asesoría para un caso particular. Varios beneficios dependen de instrucciones que el SII y la Tesorería aún deben publicar. Fuente: Ley 21.850, Diario Oficial del 17 de octubre de 2026.